Promoción Muebles MMGR

Bases Notariales

 

 

Cheque Regalo 1000€ Muebles MMGR Promoción

 

Base 1.- Descripción y objeto de la promoción

 

La presente Promoción (la “Promoción”) consistente en la entrega de un cheque regalo canjeable sólo en la empresa de muebles y decoración Muebles Murcia CB de mil euros (1.000€) se regirá por las presentes Bases durante el tiempo de vigencia de la Promoción.

Esta Promoción será de aplicación a la compraventa de inmuebles entendiendo por estos las viviendas y sus anejos del Complejo de viviendas “Mar Menor Golf Resort” (en adelante los “Inmuebles”), sitos en el municipio de Torre-Pacheco (Murcia), titularidad de Sareb (en adelante la “Propiedad”) y que están siendo comercializados por Grupo Ferrer Albors S.L. (en adelante “GFA”) y publicadas en su web resortmarmenor.com.

La Promoción es aplicable a la venta de viviendas junto con aquellos anejos que se transmitan conjuntamente. La Promoción no será, por tanto, aplicable a la transmisión de trasteros o plazas de garaje independientemente de una vivienda. Esta Promoción no será aplicable a locales comerciales y tendrá como límite el número máximo de inmuebles del Complejo.

La Promoción es válida unica y excluisvamente para clientes NO residentes en España.

 

Base 2.- Periodo de vigencia

 

La Promoción se aplicará a todas aquellas operaciones de venta de los Inmuebles en las que se haya formalizado contrato de reserva (en adelante el “Contrato”) con GFA en el periodo comprendido entre el 30/09/2019 y el día 30/12/2019 (ambos inclusive), y se suscriba la correspondiente Escritura Pública de Compraventa dentro del plazo acordado en dicho Contrato y en todo caso, con anterioridad al 30 de diciembre de 2019.

 

Base 3.- Aceptación de la promoción

 

Las personas físicas mayores de edad o jurídicas que se acojan a la Promoción (en adelante, “Participantes”) aceptan las presentes Bases en todos sus términos y condiciones.

Con posterioridad al otorgamiento de la Escritura Pública de Compraventa, y en un plazo aproximado de treinta (30) días hábiles, se citará al Cliente para hacerle entrega del Cheque Regalo canjeable sólo en la empresa de muebles y decoración Muebles Murcia CB contra la presentación de su D.N.I. y contra la firma del acuse de recibo correspondiente.

 

Base 4.- Carácter no acumulable de la promoción

 

La Promoción no será acumulable con otras ofertas o promociones que existan en el momento de entrada en vigor de la misma, o que puedan surgir a lo largo de su período de vigencia, salvo que expresamente se identifiquen como acumulables con la presente.

Respecto de cada uno de los Inmuebles (es decir, cada vivienda con sus anejos), sólo se generará el derecho a percibir un Premio, con independencia del número de adquirentes del Inmueble de que se trate.

 

Base 5.- Modificación y suspensión de la promoción

 

La Propiedad y GFA, sin perjuicio de respetar los compromisos ya adquiridos, se reservan el derecho en cualquier momento y a su entera discreción de finalizar, suspender, retrasar o modificar la Promoción en cualquiera de sus términos y condiciones, incluso Interrumpiéndola o alterando el calendario de la misma.

A efectos aclaratorios se hace constar que la Propiedad y GFA podrán modificar, suspender, retrasar o finalizar la presente Promoción sin necesidad de realizar comunicaciones individualizadas a sus clientes, y bastando a tal fin con que así lo publique en su página Web o a través de cualquier otro medio de comunicación que considere oportuno.

 

Base 6.- No responsabilidad

 

La Propiedad y GFA no serán responsables por los siguientes conceptos:

Modificación o suspensión de la Promoción o aceptación de ofertas en condiciones distintas: por el hecho de participar en esta Promoción el Cliente conoce y acepta las Bases incluyendo las facultades de la Propiedad y GFA para modificarlas o suspender la Promoción de forma unilateral así como de aceptar ofertas en condiciones distintas, renunciando a reclamar responsabilidad, indemnización, perjuicios o compensación alguna a la Propiedad y GFA por la eventual modificación de las Bases, suspensión de la Promoción, no aceptación de ofertas o aceptación de éstas en condiciones distintas a las previstas en estas Bases.

Responsabilidad precontractual: por el hecho de participar en esta Promoción, el Cliente renuncia expresamente a reclamar a la Propiedad y a GFA responsabilidad precontractual.

La Propiedad se reserva el derecho a rechazar ofertas presentadas y negociaciones iniciadas. Igualmente, la Propiedad y GFA no serán responsables por la no escrituración dentro del plazo mencionado en la Base 2 anterior.

Por los errores, defectos u omisiones: en la información facilitada en las presentes Bases cuando proceda de fuentes ajenas a la Propiedad y GFA y que, en su caso, pudiera suponer un daño o perjuicio para el Participante.

 

Base 7.- Fiscalidad

 

El cheque regalo constituye para su perceptor una renta sometida a tributación con arreglo a los siguientes criterios:

  • Perceptor persona física: el cheque regalo tributará en el IRPF como ganancia patrimonial no derivada de una transmisión de elementos patrimoniales. Por tanto, se integrará en la base imponible general del perceptor y quedará sujeto a la escala general de gravamen de dicho Impuesto.
  • Perceptor sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades: el cheque regalo es una renta a integrar en la base imponible del perceptor y quedará sometido al tipo de gravamen del IS que le corresponda (tipo general, 30%).
  • Perceptor no residente operando en España mediante establecimiento permanente: se aplicarán las mismas reglas de tributación que en el caso del perceptor sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades.
  • Perceptor no residente operando en España sin establecimiento permanente: el cheque regalo tributará en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes como ganancia patrimonial no derivada de una transmisión de elementos patrimoniales y quedará sujeta al tipo de gravamen del 24,75% salvo lo dispuesto en un convenio para evitar la doble imposición que pueda serle de aplicación.

En su caso, corresponderá al perceptor del cheque la realización del ingreso a cuenta de la retención procedente.

 

Base 8.- Protección de Datos

 

Se informa al Participante que los datos de carácter personal que se soliciten y proporcionen fruto de esta Promoción serán tratados y gestionados por GFA, con domicilio social en C/ Avda. Aragón, 29, 46010 (Valencia), como responsable de los mismos, ya sea directa o indirectamente, y su incorporación en los ficheros bajo su responsabilidad, con la finalidad de gestionar la presente Promoción, así como cualquier otra actuación que se derive de la misma, en la forma, con las limitaciones y derechos que concede la normativa aplicable.

El Participante queda informado de que puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, portabilidad, limitación del tratamiento, supresión y oposición (así como los derechos reconocidos por las normas aplicables en cada momento) por escrito, mediante carta acompañada de copia del documento de identidad, dirigida a la sociedad que proceda:

GFA Real Estate Domicilio: C/ Avda. Aragón, 29, 46010 (Valencia).

Email: hola@gfare.es

 

Base 9.- No consideración de oferta

 

La presente Promoción no implica por sí sola propuesta alguna a los clientes para la compra de los Inmuebles.

La aceptación de cada oferta se llevará a cabo por la Propiedad de manera individualizada, atendiendo a los criterios internos de aceptación de ofertas aplicados por esta entidad. No obstante, una vez aceptadas por los vendedores y formalizados los contratos conforme se indican en estas Bases, les serán de aplicación los contenidos contemplados en este documento.

 

Base 10.- Interpretación de las bases y ley aplicable

 

Las presentes Bases están sujetas a Derecho español común y cualquier contingencia derivada de la interpretación o aplicación de las mismas se someterá a la decisión de los Tribunales de Valencia capital. Lo anterior sin perjuicio de los fueros obligatorios según la legislación procesal vigente.

 

 

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